El sistema tributario se basa en la confianza entre el Estado y los contribuyentes. Para garantizar esa confianza, existe un pilar fundamental: el principio de legalidad tributaria.
Este principio establece que solo la ley puede crear, modificar o extinguir tributos, lo cual limita el poder del Estado y protege a los ciudadanos frente a posibles abusos.
El artículo 74° de la Constitución Política del Perú señala que:
> “Los tributos se crean, modifican o derogan únicamente por ley o por decreto legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, que se regulan mediante decreto supremo”.
En términos simples, significa que ninguna autoridad puede inventar un impuesto sin respaldo legal.
Para que un tributo sea válido, la norma debe precisar:
1. El hecho imponible: la situación que genera la obligación tributaria (ejemplo: vender un producto).
2. Los sujetos del tributo: quién es el contribuyente y quién es el acreedor tributario.
3. La base imponible: monto sobre el cual se calcula el impuesto.
4. La alícuota o tasa: porcentaje que se aplica para calcular el impuesto.
5. Exoneraciones o beneficios: deben estar expresamente regulados por ley.
1. Reserva de ley: ningún funcionario o reglamento puede crear tributos por sí solo.
2. Prohibición de retroactividad: un tributo no puede aplicarse a hechos ocurridos antes de la entrada en vigencia de la norma.
3. Principio de igualdad y no confiscatoriedad: los impuestos no pueden ser arbitrarios ni excesivos al punto de afectar el derecho de propiedad.
4. Temporalidad de beneficios: exoneraciones y beneficios tributarios deben ser excepcionales y limitados en el tiempo.
Cuando se ha intentado aplicar tasas municipales sin ley que las respalde, el Tribunal Constitucional ha declarado la inconstitucionalidad de esas medidas.
Las exoneraciones tributarias para determinadas regiones (Amazonía, frontera) deben aprobarse por ley expresa y con duración limitada.
El principio de legalidad tributaria garantiza que el sistema fiscal sea justo, transparente y previsible. Para los contribuyentes, significa seguridad jurídica: solo se paga lo que la ley manda, ni más ni menos.
Por ello, conocer este principio no es solo tarea de abogados, sino también de empresarios y ciudadanos que desean entender y defender sus derechos frente al poder tributario del Estado.
CPC CARLOS PACHECO GONZALEZ
